el heredero universal tiene derecho a la legítima

El heredero universal y su derecho a la legítima todo lo que necesitas saber

La persona designada como beneficiario principal es aquella que recibe todos los bienes y posesiones del difunto, incluyendo tanto los activos como los pasivos de su legado. Además, el heredero universal adquiere las mismas responsabilidades legales que tenía la persona fallecida, asumiendo sus derechos, obligaciones, deudas y posibles responsabilidades.

Existe la posibilidad de designar a un solo beneficiario total de la herencia

Reformulación: , es posible designar a un único y absoluto heredero siempre y cuando las condiciones personales del testador lo permitan. Es decir, en mi caso, si tengo solo un hijo, puedo nombrarlo como heredero universal, y al ser el único con derecho a heredar, también es el único heredero. Es decir, el heredero único es la única persona que recibe todos los bienes de la persona fallecida, ya sea por haber sido designado así en testamento, o por ser el familiar más próximo con derecho a heredar. En este caso, el heredero único también se convierte en heredero universal, asumiendo el control total de los bienes y derechos, así como las posibles obligaciones, deudas y responsabilidades que conlleve.

Diferencias entre heredadura universal y herencia obligatoria

El derecho sucesorio establece que un heredero forzoso tiene derecho a una porción de los bienes de un testador, conocida como legítima, la cual no puede ser dispuesta libremente por el testador. A estos herederos también se les llama legitimarios, ya que heredan según la ley y siempre tienen derecho a heredar.

Por tanto, el testador no tiene plena libertad para realizar un testamento, al menos en el derecho común, y siempre deben respetar la legítima de los herederos forzosos, a menos que se cumplan las causales de desheredación establecidas en la ley (artículo 848 y siguientes del Código Civil).

En caso de que una persona fallezca sin testamento, se procede a la sucesión intestada, también conocida como abintestato. Los herederos abintestato son aquellos que, en ausencia de testamento, la ley señala como herederos legítimos de la persona fallecida, siendo los más cercanos en orden sucesorio según la ley.

Es necesario designar al heredero universal en el testamento

Es importante diferenciar entre heredero voluntario y heredero forzoso en un testamento. El primero es aquél que es designado de manera específica por voluntad del testador, mientras que el segundo es quien hereda según la ley.

Es fundamental tener en cuenta estas diferencias si queremos nombrar como heredero universal a una persona que no sea el heredero forzoso. En este caso, será necesario dejar un testamento en el que se nombre expresamente a esa persona como heredero. También es importante recordar que, en todo momento, se debe respetar la legítima de los herederos forzosos.

Otro caso a considerar es cuando hay varios herederos forzosos, por ejemplo, tres hijos, pero sólo se desea que uno de ellos sea el heredero universal. En este caso, es esencial incluir una mención expresa en el testamento para evitar posibles malentendidos. De esta forma, se garantiza que los deseos del testador sean respetados.

El destinado a heredar todo Quién es

Cuando una persona fallece, el heredero que recibe la herencia en su totalidad es considerado como sucesor a título universal y se convierte en el sujeto responsable de todas las relaciones jurídicas establecidas por el fallecido. Es decir, asume tanto los derechos como las obligaciones.

Es importante tener en cuenta que la herencia no solo incluye los beneficios, sino también las deudas que el fallecido tenía en vida y que, por lo tanto, pasan a ser responsabilidad del heredero. Por ejemplo, si el heredero adquiere una propiedad, también adquiere cualquier hipoteca o deuda relacionada con ella. La herencia, entonces, tiene un carácter universal: ya sea que se acepte o se rechace, se debe asumir la responsabilidad de todo lo que la conforma.

Ante la posibilidad de tener que responder por las deudas de la herencia, existe la opción de aceptarla a beneficio de inventario. Este proceso consiste en liquidar primero las deudas de la herencia utilizando los bienes que la conforman, y luego repartir la parte restante entre los herederos. De esta manera, el heredero no se verá obligado a asumir personalmente las deudas del fallecido.

Sin embargo, existe la opción de aceptar la herencia a beneficio de inventario para evitar tener que responder personalmente por las deudas del fallecido.

Distribución

La herencia es dividida en tres partes: el tercio de libre disposición, el tercio de mejora y el tercio de legítima. Al aceptar una herencia, una de las complicaciones más comunes surge en la distribución de estos tercios, especialmente en lo que se refiere al tercio de la legítima. Según el Código Civil:

Además, el cálculo de la legítima también considera el valor de los bienes que permanecen después del fallecimiento, restando las deudas y cargas y sumando las donaciones hechas en vida. Todo esto influirá en la fiscalidad a tener en cuenta al aceptar una herencia.

Comparecencia del aumento fiscal del heredero general y la legítima variaciones

Según el artículo 806 del Código Civil, la legítima es la parte de la herencia que, por ley, no puede ser dispuesta libremente por el causante. Es decir, es aquella parte que queda reservada a ciertos herederos, mientras que el resto de la herencia puede ser distribuida a discreción del testador.

Por otro lado, el heredero universal es aquella persona o personas que reciben, a través de la herencia, todos los bienes, derechos, obligaciones, deudas y responsabilidades del causante.

Es importante tener en cuenta que la cuantía de la legítima varía según el derecho común o los derechos forales de cada Comunidad Autónoma, excepto en Navarra, donde se tiene total libertad para decidir cómo distribuir la herencia.

Pero más allá de los porcentajes que establezcan las leyes, debemos tener presente que al momento de repartir nuestros bienes después de nuestro fallecimiento, no somos completamente libres para decidir, ya que la ley nos obliga en cierta medida.

Contraste entre sucesor universal y único beneficiario de una herencia

Dependiendo de las circunstancias, el heredero universal no tiene por qué ser el único heredero, ya que, en el caso de que el fallecido tenga una familia, su esposa e hijos pueden ser considerados como herederos universales junto al heredero único. Sin embargo, según la situación en particular, es posible que solo exista un heredero único y universal. Por lo tanto, un heredero universal puede ser tanto único como no único.

Muchas veces se asume que el heredero universal siempre es la única persona que hereda la totalidad de la herencia debido a su denominación (universal). Sin embargo, como hemos mencionado anteriormente, ser heredero universal no conlleva ser el único beneficiario y negar a cualquier otro heredero.

Variaciones regionales

Cómo determinar la legislación aplicable en una herencia

Es importante tener en cuenta el lugar de residencia del fallecido al iniciar los trámites de aceptación de una herencia. En España, las Comunidades Autónomas tienen su propia legislación civil sobre herencias, la cual influye en su reparto.

Legislación civil propia en algunas Comunidades Autónomas

Entre las Comunidades Autónomas que tienen su propia legislación civil sobre herencias, se encuentran aquellas que se rigen por el Derecho Foral Aragonés y el texto refundido de la Compilación de Derecho Civil de Baleares.

Derecho Foral Aragonés y su reparto de la herencia

Dentro del Derecho Foral Aragonés, solo se considera herederos forzosos a los descendientes. La legítima -es decir, la parte de la herencia que deben recibir por ley- corresponde a la mitad de la herencia a favor de los hijos y descendientes, la cual debe ser repartida entre ellos sin limitaciones.

Reparto de la herencia en Baleares

En Baleares, el reparto de la herencia se rige por el texto refundido de la Compilación de Derecho Civil. En Mallorca y Menorca, los hijos y descendientes tienen asignada una tercera parte de la herencia -si hay más de cuatro herederos forzosos, se reduce a la mitad-. Por otro lado, a los padres -o en su defecto, otros descendientes- se les asigna una cuarta parte y al cónyuge viudo se le otorga el usufructo de la mitad de la herencia.

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